Cambios para el otorgamiento de la licencia nacional de conducir

A partir de la reciente modificación del Decreto 779/95, el Gobierno Nacional informó que se implementarán una serie de cambios significativos en el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, con la premisa de “simplificar trámites, modernizar el formato y endurecer sanciones para quienes cometan faltas graves”.

Cultura - Sociedad03/04/2025Franco CenturiónFranco Centurión
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A partir de la reciente modificación del Decreto 779/95, el Gobierno Nacional informó que se implementarán una serie de cambios significativos en el otorgamiento de la Licencia Nacional de Conducir, con la premisa de “simplificar trámites, modernizar el formato y endurecer sanciones para quienes cometan faltas graves”. 

De acuerdo a la nueva normativa, la vigencia de las licencias particulares tendrán desde hoy una duración de 5 años para conductores de entre 17 y 65 años. Anteriormente era menor en algunos casos. 

En el caso de las licencias profesionales, se extiende a 5 años para conductores de hasta 65 años, mientras antes era de 2 años. 

Además, se estipula que los trámites de renovación sean más simples y digitales, de modo que se podrá renovar la licencia de manera remota para categorías particulares A, B y G; así como la licencia digital será válida en todo el país, con la opción de solicitar la versión física si el conductor lo desea. 

Se establecen también cambios para los conductores profesionales, por lo que se elimina la LiNTI para transporte interjurisdiccional, unificando todo en la Licencia Nacional de Conducir; el trámite de obtención y renovación requiere más formación y se deberá completar un curso teórico-práctico mínimo de 20 horas para la primera vez y un curso de actualización de 20 horas en cada renovación, cuando antes era de 3 horas. 

Por otra parte, la nueva normativa establece un endurecimiento de sanciones, detallando que los conductores con 5 o más faltas graves deberán rendir nuevamente los exámenes para renovar la licencia; mientras que los conductores principiantes que cometan infracciones graves en los primeros 2 años tendrán suspensión automática y deberán rendir exámenes otra vez. Por último, los conductores que realicen conducción temeraria podrán ser suspendidos. 

Finalmente, se anunciaron cambios en la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), estableciéndose que para autos particulares de 0 a 5 años no se requiere RTO; en vehículos de 5 a 10 años se realizará cada 2 años; y en autos de más de 10 años se deberá realizar anualmente.

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