
Tarjetas: se podrá seguir refinanciando las deudas y a una tasa 3 puntos menor
Eso, al incluir los vencimientos efectivos desde el mes próximo, hace que los pagos pasen a diciembre, mes desde el que se abonará en 9 consecutivas el total.
A la deuda se le aplicará una tasa del 40% anual más IVA, según una resolución tomada por el directorio BCRA, pero no podrá tener "ningún otro recargo".
Esa tasa es tres puntos inferior a la vigente en el plan lanzado meses atrás.
Esto quiere decir que los 2,5 millones de clientes que refinanciaron deudas desde abril hasta aquí, tendrán la chance de extender nuevamente los plazos de pago por otro año, y prorrogar el enfrentamiento de un vencimiento efectivo hasta fin de 2020.
La refinanciación del resumen del mes próximo, en muchos casos ya recibido, será en forma "automática" a menos que el saldo sea cancelado en su totalidad. Eso quiere decir que no será necesario solicitarlo al banco o a la empresa emisora de la tarjeta.
Si la cancelación del saldo del mes es parcial (por un pago mínimo o superior pero no total), la parte no abonada deberá ser incluida en la refinanciación, aunque el cliente nunca lo haya pedido.
El anuncio está relacionado con las sucesivas extensiones que el Gobierno hizo de la cuarentena, ya que cuando el primer plan de refinanciación se lanzó se prevería que hacia agosto las restricciones caerían. Sin embargo, la medida parece un anticipo de que se prolongarán, lo que se descuenta dados los últimos récord en las tasas de contagio que reportar las estadísticas oficiales y la propagación que el virus tuvo en el interior del país.
Los bancos deberán aplicar la refinanciación de modo automático y en el caso de que se ejecute algún pago (por ejemplo por débito automático), el titular de la tarjeta contará con un plazo de 30 días para pedir al banco la reversión de la operación.
Además, el plan contempla que las personas podrán cancelar anticipadamente total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo, excepto el interés compensatorio devengado hasta el momento del pago.
La disposición insiste en que a la deuda contraída sólo se le puede aplicar el interés compensatorio de 40% anual (más IVA) y "ningún otro recargo".
La medida llega luego de la polémica que se generó por la versión vigente del plan, dado que se había anunciado que se cancelaría en cuotas que serían de $147 por cada $1000 con una tasa del 43%, sin aclarar que a eso debía sumarse el IVA. Eso hizo que la relación cuota/deuda crezca a $157 por cada $1000 o aún por encima en el caso de entidades que -sobre eso- intentaron aplicar comisiones, algo que está bajo investigación del BCRA.
Fuente: La Nación


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