
Monotributistas y autónomos. AFIP extendió el plazo para tramitar créditos a tasa cero hasta el 31 de julio
Los monotributistas y autónomos que cumplan con una serie de requisitos podrán acceder a esta herramienta que es parte del Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP). La normativa establece dos requisitos para comenzar el trámite: contar con una Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico.


Para conseguir uno de estos créditos, los monotributistas y autónomos no deberán prestar servicios al sector público nacional, provincial o municipal ni percibir ingresos de trabajos en relación en dependencia o provenientes de una jubilación.
Además, el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020 no debe haber caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado. Los trabajadores autónomos tomarán el período comprendido entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2019, respecto del mismo período de 2020.
Tampoco deberán contar con situación crediticia 3, 4, 5 o 6. En caso de varias situaciones crediticias informadas, se considerará la correspondiente al monto de deuda más alto.
"La prolongación de los plazos busca facilitar la tramitación de aproximadamente 1 millón de créditos que todavía están disponibles para todos los contribuyentes que cumplen con los criterios de elegibilidad. El monto al que puede acceder cada persona depende de la categoría en la que está inscripta. El máximo previsto es de $150.000", explicó el organismo recaudador.
Quienes accedan al crédito deberán usar el dinero de forma electrónica, es decir, no podrán retirarlo en efectivo ni tampoco comprar dólares o realizar operaciones en el mercado bursátil.
Una vez finalizado el procedimiento en el banco seleccionado los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada por los contribuyentes en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos cuentan con un período de gracia de seis meses. La devolución se realiza en 12 cuotas fijas sin intereses.
Los créditos a tasa cero son compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), aclaró AFIP. "Siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en la normativa, todos los monotributistas inscriptos en las categorías A y B que hubieran accedido al IFE podrán tramitarlo", aseguró el organismo.
Fuente: La Nación



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